Ventanilla Integral Virtual del asegurado. La información proporcionada mediante VIVA tendrá el carácter de declaración jurada.
El Seguro Social de Salud (Essalud) aprobó la directiva referida al ‘Funcionamiento y control de la ventanilla integrada virtual del asegurado-VIVA’, destinada a mejorar el acceso y la oportunidad de atención de los trámites relacionados con el proceso de aseguramiento.
En esta pandemia del coronavirus los trámites por internet que se efectúan ante las instituciones públicas y privadas adquieren cada día mayor importancia en el servicio a la población, tal como lo demuestra Essalud que aprobó la directiva ‘Funcionamiento y Control de la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado-VIVA’ para mejorar el acceso y la oportunidad de atención de los trámites de aseguramiento.
La Resolución de Gerencia General N° 999-GG-Essalud-2020 precisa que la plataforma se orienta a facilitar al asegurado o al representante de la entidad empleadora la gestión de transacciones de seguros, solicitudes de prestaciones económicas, rehabilitaciones de expedientes de prestaciones económicas, consulta de información disponible en Essalud, así como la validación de certificado médico particular.
Registro
Así, la directiva establece que el registro del asegurado de salud o del representante de la entidad empleadora como usuario de VIVA requiere de la selección de una oficina de seguros y prestaciones económicas (Ospe), la que debe ser la más cercana a su domicilio en el caso del asegurado y si se trata del representante de la entidad empleadora la más próxima al centro de labores correspondiente.
Las transacciones de seguros que se pueden efectuar por la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado son la inscripción y baja de asegurados derechohabientes (cónyuge o concubino (a), hijo menor de edad e hijo mayor incapacitado con discapacidad total y permanente para el trabajo) y acreditación complementaria, así como la inscripción y baja de madre gestante de hijo extramatrimonial.
En el caso de las solicitudes de prestaciones económicas, se gestionarán la de pago directo de lactancia y las de pago de subsidio por maternidad e incapacidad temporal para el trabajo –de forma directa por el asegurado– o por reembolso –a cargo del representante de la entidad empleadora– según corresponda.
Además, el asegurado o representante de la entidad empleadora están facultados para tramitar rehabilitaciones de expediente de prestaciones económicas anulados (por el vencimiento de pago en cartera) y consultar el estado de las solicitudes de prestaciones económicas.
De igual manera, la validación del certificado médico particular de los asegurados asignados a las redes prestacionales de Lima Metropolitana y Callao se puede efectuar mediante VIVA tanto por el asegurado como por el representante de la entidad empleadora.
Las entidades empleadoras tienen la posibilidad de consultar sobre datos básicos de la empresa, declaración y pago de aportes según formulario de la planilla electrónica (formulario 0601) y condición de reembolso.
Consultas
VIVA permite también que el asegurado realice las consultas de su información registrada en Essalud, como los datos personales, derechohabientes, acreditaciones, prestaciones asistenciales y económicas recibidas.
Las transacciones de seguros, consultas y solicitudes de prestaciones económicas o rehabilitaciones no pueden ser realizadas por el asegurado que se encuentre con sanción de inhabilitación o sin derecho de cobertura en Essalud, detalla la directiva.
Declaración jurada
La información proporcionada por el asegurado o por el representante de la entidad empleadora mediante VIVA tendrá el carácter de declaración jurada, sujeto al principio de presunción de veracidad dispuesto en el numeral 1.7 del artículo 4 del título preliminar del texto único ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444-Ley de Procedimiento Administrativo General, por lo que en caso de falsedad el declarante asumirá las consecuencias administrativas civiles y/o penales del caso.
La Ospe efectuará el control posterior del 100% de las transacciones de seguros de acuerdo con su ámbito de influencia y en función del domicilio del asegurado por el que se realiza esa transacción; así como la evaluación de las solicitudes de prestaciones económicas observadas.
La información y los documentos de sustento que se adjunten en cada una de las transacciones de seguros y de validación de certificados médicos estarán sujetos a fiscalización posterior a cargo de la Ospe y del centro de validación de incapacidad temporal (Cevit), respectivamente, fija la Resolución de Gerencia General N° 999-GG-Essalud-2020.
Además, las comunicaciones de los actos administrativos automatizados que se deriven de las transacciones de seguros, de las solicitudes de prestaciones económicas o de validación de certificados médicos se remitirán al administrado por el correo electrónico declarado en la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado, siempre y cuando haya expresado su consentimiento previo.
Autenticación
La Resolución de Gerencia General N° 999-GG-Essalud-2020 establece que el asegurado de nacionalidad peruana que desee efectuar una transacción de seguros o solicitud de prestaciones económicas se debe autenticar mediante la plataforma VIVA, tras lo cual se enviará a su correo electrónico el enlace para que genere su contraseña.
El representante de una entidad empleadora se debe autenticar también por la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado. La Ospe que seleccionó activará su registro de oficio y en el plazo máximo de un día hábil se le remitirá su usuario y contraseña por correo electrónico.
La activación del registro de asegurados extranjeros o de representantes de entidades empleadoras de otras nacionalidades lo realizará la oficina de seguros y prestaciones económicas seleccionada por el administrado. La directiva establece también que en un día hábil se les remitirá su usuario y contraseña por correo electrónico.
En cada ingreso a VIVA se verificará que el asegurado mantenga su derecho de cobertura en el Seguro Social de Salud.
En junio último, las autoridades de Essalud decidieron dar un nuevo impulso a la plataforma en plena emergencia sanitaria. Se puede acceder a VIVA mediante el enlace https://viva.essalud.gob.pe/viva/login.
El Seguro Social de Salud (Essalud) aprobó la directiva referida al ‘Funcionamiento y control de la ventanilla integrada virtual del asegurado-VIVA’, destinada a mejorar el acceso y la oportunidad de atención de los trámites relacionados con el proceso de aseguramiento.
De acuerdo con la Resolución de Gerencia General N° 999-GG-Essalud-2020, la citada plataforma está orientada a facilitar a los asegurados de la institución las transacciones de seguros relacionadas con la inscripción y baja de los derechohabientes y la acreditación complementaria.
Solicitudes
Así también, para que los asegurados o representantes de entidades empleadoras presenten solicitudes de prestaciones económicas, rehabiliten expedientes, realicen consultas de información disponible en Essalud y soliciten la validación de certificados médicos particulares en el centro de validación de incapacidad temporal.
Fuente: El Peruano