INFORMACIÓN FINANCIERA SUNAT: CONSECUENCIAS Y RECOMENDACIONES

INTRODUCCIÓN

En consecuencia, mediante Decreto Supremo N° 430- 2020-EF, publicado el 31 de Diciembre del 2020 y Anexo N° 430- 2020-EF, se aprueba el Reglamento que regula el suministro de información financiera a la SUNAT para el combate de la evasión y elusión tributarias; siendo lo más relevante el monto a partir del cual se debe suministrar la referida información, el que fue modificado posteriormente; razón por la cual resulta necesario conocer los detalles y condiciones establecidas legalmente a efectos de prever contingencias tributarias.

DIRIGIDO

Empresarios, Profesionales y Estudiantes de Contabilidad, Derecho, Administración, Economía, y público en general, que requieran profundizar sus conocimientos tributarios sobre la tributación de las actividades comerciales de personas naturales y jurídicas.

EXPOSITOR

Mag. MÓNICA JÁCOBO GUERRERO: Asesor Tributario Empresarial

  • Socia fundadora de JÁCOBO y Asociados Asesores Tributarios.
  • Contadora Público de la Universidad Nacional de Trujillo.
  • Abogada de la Universidad de Chiclayo.
  • Con más de 21 años de experiencia en materia tributaria.
  • Master Universitario en Tributación y Asesoría Fiscal – UDIMA y CEF de Madrid – España.
  • Ex Socia y Gerente Legal de Saavedra y Asociados Asesores Tributarios SAC.

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OBJETIVO

  • Conocer del análisis Constitucional el Derecho al secreto bancario, quienes están facultados para solicitar el levantamiento del secreto bancario. ¿ SUNAT esta facultado?
  • Analizar Decreto Legislativo N° 1434, Ley N° 26702 General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Decreto Supremo N° 430- 2020-EF y Anexo Decreto Supremo N° 430- 2020-EF y Decreto Supremo N° 009- 2021-EF.
  • Estudiar las Reglas principales de la entidades financieras para suministrar información a la SUNAT.
  • Conocer los criterios de SUNAT en situaciones que inicia una fiscalización por incremento patrimonio no justificado, determinado por la información financiera suministrada.
  • Procedimiento del IPNJ y su determinación sobre base presunta.

TEMARIO

  1. Análisis constitucional del suministro de información financiera a la SUNAT: Secreto Bancario.
  2. Sujetos obligados a remitir la información financiera a SUNAT.
  3. Información a remitir: datos del titular, tipos de cuentas, saldos, montos acumulados, promedios, montos más altos y rendimientos, periodicidad, y otros conceptos a tomar en cuenta.
  4. Utilización de la información que hará SUNAT para sus acciones fiscalizadoras y su obligación de protección de la misma.
  5. SUNAT: Acciones Inductivas e inicio de fiscalizaciones por Incremento Patrimonio al No Justificado, sobre la base de la información financiera.
  6. Cómo detecta SUNAT las situaciones que pueden derivar en Incremento Patrimonial No Justificado, qué pruebas se necesita para el sustento y métodos de determinación.
  7. Cálculo del IPNJ según la presunción establecida legalmente.
  8. Recomendaciones para pueden disminuir las contingencias tributarias del IPNJ.
  9. Vinculación del Incremento Patrimonio al No Justificado, con el ilícito tributario y lavado de activos.

DATOS:

  • Fecha: 10 de marzo
  • Horario: 6:30 pm – 9:30 pm
  • Inversión: S/. 190.00 + IGV
  • Seminario On-line
  • Incluye: material Digital, acceso a aula virtual, certificado digital.

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