El Poder Ejecutivo publicó la Ley Nº 32123 de modernización del sistema previsional peruano, que tiene como objetivo reformar el sistema de pensiones para que los beneficiarios accedan, de manera progresiva, a pensiones justas.
La norma, que dispone una pensión mínima de S/600; reconoce la importancia de la seguridad social en pensiones, promoviendo la eficiencia, competencia y sostenibilidad del sistema. Esto incluye la implementación de una pensión mínima garantizada y la posibilidad de elegir entre diferentes gestores de pensiones.
Esta ley fusiona el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP), garantizando así la protección previsional para todos los ciudadanos, independientemente de su vínculo laboral.
Entre sus disposiciones, la ley estipula que los afiliados al SNP deberán contribuir con un mínimo del 13% de su remuneración mensual. En el caso del SPP, el aporte obligatorio se estructurará en un 10% destinado a la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) y otros porcentajes para cubrir prestaciones adicionales.
Asimismo, la Ley Nº 32123 señala un régimen de aportes para trabajadores independientes, que comenzará con una tasa del 2% y aumentará progresivamente hasta un 5%. La administración de estos aportes estará a cargo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) y de la SBS, según corresponda.
La ley también fija la edad de jubilación en 65 años para ambos sexos, con revisiones periódicas para ajustarla a las condiciones demográficas y laborales del país.
Publicado en: El Peruano