Sunat amplia facilidades para la devolución de impuestos a trabajadores en planillas

Un total de 161 263 contribuyentes tienen pendiente su devolución de oficio por montos entre S/ 100 y S/ 10 mil.

Un total de 161 263 contribuyentes tienen una nueva oportunidad para registrar su Código de Cuenta Interbancario (CCI) y recibir la devolución de oficio pendiente por haber efectuado gastos deducibles del impuesto a la renta (IR) durante el 2019, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
La devolución de oficio es el reembolso que reciben las personas con rentas de trabajo de quinta categoría (trabajadores en planilla) que el año anterior realizaron diversos gastos deducibles, como consumos en restaurantes, bares y hoteles con boleta electrónica, generando un saldo de IR a su favor.
Debido a que no tienen la obligación de presentar la declaración del Impuesto a la Renta 2019, la devolución de ese saldo se efectúa de oficio, de manera automática, con depósito en su cuenta bancaria, siempre y cuando el empleador o el propio trabajador haya registrado su CCI en la SUNAT.
Este grupo de contribuyentes que no ha registrado su CCI, unos 100 mil pueden recibir montos de devolución individual de entre S/ 100 a S/ 379; y unos 60 mil, devoluciones que van de S/ 380 a S/ 10 mil soles. El monto total de devolución pendiente de oficio en todos los rangos asciende a unos S/ 90 millones.
Para facilitar el proceso de registro del CCI y concretar el reembolso, la SUNAT habilitó en su página web un módulo de consulta virtual sobre la devolución de oficio, donde las personas con rentas de trabajo de quinta categoría pueden verificar si tienen un abono pendiente y, además, registrar su CCI, para que dicho reembolso sea depositado en su cuenta.
Con esa finalidad deben ingresar a https://www.sunat.gob.pe/ol-ti-itdevolucion-consultalibre/ConsultarDevolucionOficio.htm, consignando los datos de su DNI. Este módulo virtual funciona las 24 horas del día, los siete días de la semana.
El CCI que se consigne debe corresponder a una cuenta válida y activa en moneda nacional, no puede ser una de CTS, de lo contrario no será admitido, lo que impedirá culminar con el proceso.

Fuente: El Peruano

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