Congreso aprueba ley de trabajadores del hogar

Con 119 votos y solo uno en contra. Establece jornadas de 48 horas semanales, vacaciones y otros beneficios.

El pleno del Congreso aprobó la Ley de Trabajadoras y Trabajadores del Hogar, que establece una jornada laboral de ocho horas diarias o 48 horas a la semana, un sueldo establecido por acuerdo libre entre las partes no menor a una remuneración mínima vital (RMV) y 18 años como mínimo para cumplir esta labor.

El proyecto de ley dictaminado por las comisiones de Trabajo y de la Mujer fue aprobado por 119 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones.

Este fue el primer dictamen aprobado en el Pleno Mujer, conducido por la tercera vicepresidenta del Legislativo, Teresa Cabrera (Podemos Perú), y con presencia en el hemiciclo de parlamentarias en representación de sus grupos congresales.

Contrato de trabajo

El dictamen establece que el contrato de trabajo doméstico se celebrará por escrito, por duplicado y será registrado por el empleador en el aplicativo web que establecerá el Ministerio de Trabajo.

En este deberá figurar el nombre y apellido del empleador; las especificaciones del trabajo doméstico; los lugares de su prestación; la descripción de la entrega de alimentos, uniforme o alojamiento cuando corresponda; la fecha de inicio del contrato; el monto y el medio de pago.

Del mismo modo, debe establecerse el día de descanso semanal; las facilidades para acceder a la educación; los beneficios sociales otorgados, entre otros.

Determina también que la edad mínima para desarrollar el trabajo del hogar será los 18 años y que la trabajadora del hogar tendrá derecho a vacaciones de 30 días por cada año de trabajo que realice

Sueldos

En cuanto a la remuneración de la trabajadora o trabajador del hogar se establece que se le podrá pagar en forma semanal, quincenal o mensual.

En este caso, el empleador deberá extender una boleta de pago firmada por las partes en dos ejemplares y se pagará además una gratificación por Fiestas Patrias y otra por Navidad, equivalente a una remuneración mensual.

Maternidad

La norma prohíbe, además, los actos discriminatorios y el trato vejatorio que pudiera afectar la dignidad de la trabajadora o trabajador del hogar.

Asimismo, garantiza la protección en la etapa de gestación, prohíbe el despido por motivo de maternidad y le otorga descanso pre y posnatal conforme lo determina el régimen laboral general de la actividad privada.

Igualdad de oportunidades

Durante la primera sesión del Pleno Mujer en el Congreso de la República, la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Rosario Sasieta, precisó que es fundamental trabajar de manera conjunta con todos los niveles de Gobierno en favor de las mujeres, niñas y adolescentes del país.Resaltó la labor normativa del Poder Legislativo en materia de igualdad de oportunidades que las trabajadoras de hogar deben tener, con la finalidad de reducir las brechas de discriminación y vivir en un país igualitario.

Sasieta participó en el Pleno Mujer que se desarrolló en el marco del Día Internacional de la Mujer Indígena, que se conmemora el 5 de setiembre de cada año.

Gesto

Los congresistas entregaron a la ministra de la Mujer el sombrero de la Mujer Abanquina que refleja el traje típico de la mujer en honor de Micaela Bastidas.
Fuente: El Peruano

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